- Para acceder al arbitraje de la Cámara de Comercio de La Libertad, las partes deben incluir una cláusula o convenio arbitral en sus contratos privados o públicos.
- La incorporación de la cláusula modelo a los contratos garantiza la aplicación de unas reglas eficientes al arbitraje, que están respaldadas por la experiencia institucional.
- “Todo litigio o controversia, derivados o relacionados con este acto jurídico, será resuelto mediante arbitraje de derecho, de conformidad con los Reglamentos Arbitrales del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad, a cuyas normas, administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad”. (*)
- Puede consignar en su cláusula que el proceso será resuelto por un Tribunal Arbitral Unipersonal (árbitro único) o un Tribunal Arbitral Colegiado (tres árbitros).
(*) DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES:
Quinta. – Cualquier referencia a las denominaciones “Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad”, “Tribunal arbitral de la Cámara de Comercio de La Libertad”, “Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Trujillo”, o similares contenida en un convenio arbitral o acto jurídico en general, se entiende hecha al Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad.